Hace algún tiempo, USCIS decidió hacer realidad uno de los proyectos de servicio a la comunidad hispana más ambiciosos de nuestra agencia hasta el momento: el sitio Web en español uscis.gov/espanol. Con el transcurso del tiempo, hemos diversificado nuestras ofertas hasta incluir el servicio de Twitter en español, y hoy nos sentimos especialmente orgullosos de presentarles Compás, el nuevo blog en español de USCIS.

Este espacio virtual lo dedicaremos a desarrollar los temas de mayor actualidad en USCIS. En él mantendremos información actualizada y específica sobre los ofrecimientos e iniciativas de nuestra agencia. Compás será un punto de referencia consistente, claro y directo para la comunidad hispana dentro y fuera de los Estados Unidos. Nos sentimos muy entusiasmados de haber honrado una vez más nuestro compromiso con el público, abriendo otro canal de comunicación. Compás es, ciertamente, un paso adelante en nuestra meta de servir.

En nuestro primer blog hablaremos sobre la discreción procesal recientemente anunciada por el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) llamado Acción Diferida para los Llegados en la Infancia.

Acción Diferida para los Llegados en la Infancia: ¿Quién puede ser considerado?
Hoy, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos comenzará a recibir solicitudes de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia. La acción diferida es una determinación discrecional para diferir la deportación de un individuo como un ejercicio de discreción procesal. Aunque no provee un estatus legal ni es un vehículo hacia la residencia permanente o a la ciudadanía, los individuos que reciban acción diferida no serán removidos de los Estados Unidos por un período de dos años, sujeto a renovación, y podrán también solicitar autorización de empleo. Si quiere ser considerado para este proceso usted debe demostrar que:
  • Llegó a los Estados Unidos antes de los 16 años de edad
  • Ha residido continuamente en los Estados Unidos por un período mínimo de cinco años antes del 15 de Junio del 2012, y ha estado presente en EE.UU. a esa fecha
  • Tenía menos de 31 años a la fecha del 15 de junio de 2012
  • Entró Sin inspección antes del 15 de junio de 2012 o su estatus legal de inmigración expiró al 15 de junio de 2012
  • Está asistiendo a la escuela, se ha graduado de la escuela superior, u obtuvo un certificado de finalización de escuela superior, posee un Certificado de Educación General (GED, por sus siglas en inglés), o ha servido honorablemente en la Guardia Costera o en las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos
  • No ha sido encontrado culpable de un delito grave, delito menos grave de carácter significativo, múltiples delitos menos graves, o representa una amenaza a la seguridad nacional o a la seguridad pública
  • Estuvo presente en EE.UU. el 15 de junio de 2012 y al momento de presentar su solicitud de acción diferida ante USCIS

Si cumple con las pautas mencionados anteriormente y quiere presentar su solicitud de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia ante USCIS, usted tendrá que:

  • Reunir los documentos que evidencien que cumple con las pautas establecidas
  • Completar los formularios I-821D y I-765 y la Hoja Explicativa I-765WS
  • Enviar a USCIS los formularios y el pago de tarifas ($465 en total)
  • Visitar su Centro Local de Asistencia en Solicitudes de USCIS para su cita de toma de datos biométricos.

Luego de solicitar, usted podrá verificar el estatus de su solicitud en línea. Para más información, visite la página www.uscis.gov/accióndiferida de nuestro sitio Web para las últimas noticias y actualizaciones acerca de este

proceso.

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